INFORMACIÓN PARA EL ESTABLECIMIENTO

QUÉ SON LOS BONO COMERCIO DANA

La campaña BONO COMERCIO DANA es una iniciativa de la Diputació de València, llevada a cabo en base a un convenio firmado con la Cámara de Comercio de València, con el objeto de estimular el consumo a través del fomento de la compra física de las personas consumidoras en el comercio minorista, con el fin de apoyar al sector y paliar, en parte, las consecuencias económicas producidas que más gravemente afectaron al sector del comercio minorista.

En la campaña podrán participar los comercios en los municipios más gravemente afectados por la DANA de 29/10/2024 que se relacionan en el Anexo I del Convenio y se adhieran correctamente a través de esta web. Por otro lado, podrá adquirir el bono cualquier persona que tengan 16 años o más en la fecha de adquisición del bono comercio.

 

Las personas adquirentes de los bonos podrán utilizarlos para la compra física de bienes y servicios en los establecimientos de comercio minorista que se hayan adherido y se encuentren dados de alta en el listado de Agrupaciones del IAE que se indican en el Criterio base siguiente.

 

REQUISITOS DE ADHESIÓN A LA CAMPAÑA BONO COMERCIO DANA

Podrán  adherirse  a  la  campaña  objeto  del convenio, los comercios ubicados en los municipios relacionados en el Anexo I y cuya actividad se corresponda con las siguientes agrupaciones de epígrafes del IAE:

 

  • Agrupación 64: Comercio al por menor de productos alimenticios realizado en establecimientos

Se exceptúa:

  • El grupo 646 (comercio tabacos y artículos de fumador).
  • Agrupación 65: Comercio al por menor de productos industriales no alimenticios realizado en establecimientos permanentes.

Se exceptúa:

  • El epígrafe 652.1 de Farmacias (aunque sí se incluye el Epígrafe 652.2 de Parafarmacias).
  • El grupo 655 (Comercio de combustibles, carburantes y lubricantes).
  • Agrupación 97: Servicios

Se exceptúa:

  • El epígrafe 973.2 (Máquinas automáticas, fotografías y fotocopiadoras).
  • Agrupación 66: Personas físicas o jurídicas legalmente constituidas que sean titulares de concesiones administrativas en los mercados municipales fijos, independientemente de la actividad que realicen.

Se exceptúa:

  • Grupo Comercio al por menor fuera de un establecimiento comercial permanente (ambulancia, mercadillos y mercados ocasionales o periódicos).

 

Otros requisitos para tener la condición de comercio adherido:

  • Ser una Pyme conforme a las normas de la UE (DOUE L-2003-80730).
  • El número de personas empleadas en el establecimiento comercial no será superior a 12 personas trabajadoras a jornada completa o
  • Los comercios que dispongan de varios establecimientos repartidos en los municipios relacionados en el Anexo I, no podrán tener más de 12 personas trabajadoras en cada uno de ellos, a jornada completa o equivalente.
  • Los comercios adheridos deberán presentar el justificante de la Agencia Tributaria de estar en situación de alta en alguno de los epígrafes de IAE admitidos en estos criterios base

Los  comercios  adheridos  a  esta iniciativa dispondrán de un cartel físico a la vista de los compradores, con la información relativa a la Campaña Bonos Comercio DANA. El formato de dicho cartel será facilitado por Cámara Valencia a través de la web habilitada al efecto.

Los requisitos técnicos indispensables para la adhesión a la campaña por parte de los establecimientos comerciales son:

  • La posesión de un teléfono móvil con conexión 4G u ordenador conectado a la red WiFi o internet ADSL.
  • Tener un dispositivo de cobro o TPV con banda para la lectura de las tarjetas, compatible con la tarjeta utilizada, es decir, TPV con un número de comercio de 9 dígitos compatible con los sistemas de

 

CÓMO ADHERIRSE AL BONO COMERCIO DANA

La adhesión de los comercios a la campaña se iniciará el 25 de agosto y finalizará el 30 de septiembre de 2025. Este plazo podrá aumentarse previo aviso en la página web de la campaña www.bonocomerciodana.com  o a través de la aplicación de WhatsApp que se indique. En cualquier caso, los comercios que no realicen su adhesión en el plazo establecido podrán sufrir una demora de 10 días hábiles en la validación de su FUC desde la fecha de su inscripción.

Los comercios de proximidad participantes en la campaña tendrán que inscribirse a partir del formulario previamente habilitado en la página web de la Campaña de BONO COMERCIO DANA www.bonocomerciodana.com y en el que deberán detallar los datos del establecimiento beneficiario, que serán los siguientes:

  • Nombre y apellidos de la persona titular y datos de contacto (teléfono, email).
  • Nombre Comercial.
  • Razón social y CIF.
  • Dirección del establecimiento.
  • Teléfono de contacto, email, redes sociales.
  • Nº de Comercio / FUC (número de identificación del comercio), el cual tiene máximo 9 posiciones y está indicado en el TPV.
  • Aportación de certificado expedido por la Agencia Tributaria relativo al epígrafe del IAE comprendido entre las actividades indicadas en la Base 3, o documento que lo acredite.
  • Aceptación de las bases (en el modelo autorrellenable disponible para ello), como declaración responsable de cumplimiento de los requisitos establecidos para participar en la campaña.
  • Logo del comercio.
  • Asociación de Comerciantes a la que se encuentra adherido.

 

Una vez introducidos los datos, Cámara València verificará la idoneidad del establecimiento para la participación en la campaña y en caso de cumplimiento de dichos requisitos se aceptará como beneficiario al establecimiento. En caso de que se deba subsanar alguno de los datos, recibirá un mail con la información necesaria para proceder a dicha subsanación, que deberá ser contestado por el establecimiento antes de los tres días desde su recepción.

 

INSTRUCCIONES PARA LA INSCRIPCIÓN AL BONO COMERCIO DANA

  1. Se deberán rellenar todos los campos obligatorios que aparecen en el formulario de adhesión.
  2. El comerciante aportará el logo de su comercio y un enlace de la red social o de la web para que pueda ser visualizado por los potenciales clientes a través de la web https://bonocomerciodana.com
  3. Se deberá adjuntar el justificante de la AEAT de estar en situación de alta en alguno de los epígrafes de IAE admitidos.
  4. Los campos que queden por contemplar aparecerán en rojo en la parte inferior de la pantalla.
  5. Para formar parte del programa, se deberá aceptar la declaración responsable y las condiciones que aparecen en la pantalla.
  6. Una vez realizados los pasos anteriores aparecerá el botón de Enviar.
  7. En los próximos días, una vez verificado los requisitos, recibirá un correo electrónico de su adhesión o no a la campaña.
  8. Los establecimientos adheridos figurarán en el botón de “Establecimientos adheridos”.
  9. Los negocios que dispongan de un único CIF, pero cuenten con varios establecimientos que cumplan con los requisitos del BONO COMERCIO DANA, podrán adherirse todos y cada uno de ellos de manera individual.

 

CUANDO PODRÁ UTILIZAR EL CLIENTE EL BONOS COMERCIO DANA

Cualquier cliente podrá comprar con la tarjeta BONO COMERCIO DANA en un comercio adherido entre el 29 de septiembre y el 31 de diciembre de 2025.

 

RESOLUCIÓN DE CONSULTAS

En todo momento, con un horario comercial de 10:00 a 14:00h de lunes a viernes, los comercios adheridos a la campaña contarán con un soporte técnico de Cámara València a través de atención telefónica 960 901 124, así como del email bonocomerciodana@camaravalencia.com, que les facilitará apoyo en materia de canje de BONOS, así como cualquier otro requerimiento de ayuda que pueda precisar el establecimiento en el proceso de adhesión.

Atención telefónica de lunes a viernes de 10:00 a 14:00 horas

📞 960 901 124

📩 bonocomerciodana@camaravalencia.com